Desde el 30 de julio de 2015 en nuestro país se encuentra vigente el régimen de facturación electrónica.
La Dirección General Impositiva emitió la resolución Nro. 3012/2015 mediante la cual se establece el siguiente cronograma de inclusión:
Se deberán considerar las ventas registradas al cierre del ejercicio económico, utilizando la unidad indexada del primer día del año civil en el que ocurre dicho cierre. Valor UI 1° de enero de 2018 fue de $ 3,7279.
En resumen si las ventas al cierre 2018 fueron:
1) Mayores a $ 2.795.925 (750.000 UI): debe postularse el 01/06/2019 2) Mayores a $ 1.137.010 (305.000 UI): debe postularse el 01/12/2019
Por lo que las empresas que tengan ingresos mayores $ 94.750 por mes deberán ingresar al régimen de facturación electrónica.
Es cuestionable que DGI obligue a pequeños empresarios a incorporarse al régimen de facturación electrónica, debiendo asumir costos adicionales en un momento donde la situación económica del país se encuentra estancada, y en determinados sectores en recesión.
En otros países la impositiva ofrece un servicio gratuito para la emisión de facturas electrónicas, con el fin de no perjudicar a los pequeños empresarios . Pero en Uruguay, no solo que no se ofrece, sino que se obliga a cumplir asumiendo gastos.
En Forward Estudio como solución a dicha situación contamos con un software de facturación electrónica que proporcionamos de forma gratuita a nuestros clientes, permitiéndoles recibir o enviar hasta mil comprobantes mensuales.